Procuradurías en San Felipe

Si se da la situación de que usted sea ciudadano de San Felipe o localidades próximas y quiere requerir un Certificado de Antecedentes de algún empleado estatal, puede personarse en cualquiera de las delegaciones de la Procuraduría General de Colombia que va a poder localizar más abajo. Navegue por todo el listado y clique sobre la que más le interese.

Preguntas más habituales relativas a la Procuraduría General de la Nación

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Defensoría del Pueblo es una entidad del Estado encargada de proteger los derechos humanos y promover la defensa de los derechos de las personas.

  • Soy pensionado y he pedido la reliquidación de mi prestación y no me la han concedido. ¿Puede la Procuraduría actuar?
    En este caso es afirmativo. Para hacerlo, traslade una instancia a la Procuraduría describiendo su inconveniente y pidiendo su intervención.

  • Arrendé mi casa, no dispongo de contrato y ya hace seis meses que no me abonan el alquiler, ¿puedo pedir la actuación de la Procuraduría para expulsar a los arrendatarios?
    Sí. La Procuraduría General de la Nación dispone de un Centro de Conciliación al que todos y cada uno de los contribuyentes pueden aproximarse, con o sin representante, para solucionar enfrentamientos sobre temas civiles, comerciales o familiares que, de acuerdo a la Ley 640 del año 2001, sean susceptibles de conciliación, negociación y desistimiento. Usted tiene la posibilidad de aproximarse a la oficina principal Carrera 5 # 15-80, planta 17, o requerir más datos en las extensiones de teléfono 11713 y 11710.

  • ¿En qué lugar se publicita la lista de admitidos a las oposiciones de la Procuraduría?
    En la página de Internet de la Entidad puede consultar esta información.

  • ¿Puede mediar la Procuraduría ante una empresa privada para el pago de mis indemnizaciones sociales?
    No. Al ser su empleador una compañía de carácter privado, la Procuraduría no dispone de la competencia para actuar. En un caso así debe acercarse al Ministerio de Protección Social.

  • Mi automóvil fue accidentado por un coche gubernamental, me confirmaron que tengo que personarme en la Procuraduría para una conciliación. ¿Es esto cierto?
    Eso que le indicaron es cierto. La Encargada de lo Civil proporciona al contribuyente una delegación para conformidades.

  • He estado en problemas financieros y no he podido abonar las últimas letras de mi hipoteca, ¿podría ayudarme en algo la Procuraduría?
    En esta eventualidad la Procuraduría no podría intervenir, ya que no es su competencia funcional. Le recomendamos sin embargo que se ponga en contacto con la Superintendencia Bancaria o hable la Defensoría del Usuario Financiero. También puede personarse a su entidad prestataria y renegociar su hipoteca en términos más favorables.

  • ¿La Procuraduría podría ampararme en eventualidad de que Condensa me acuse injustamente de realizar algún tipo de engaño con el contador?
    Es correcto. La Encargada Precautoria Función Pública media ante la Superintendencia requiriéndole la gestión pronto de la solicitud. De lo contrario los empleados estatales se hacen acreedores de las penalizaciones disciplinarias precisas.

  • La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de la ciudad de Bogotá me canceló el servicio hace meses y no ha sido factible su rehabilitación. ¿Qué tengo que hacer?
    La Procuraduría intercede en servicios públicos una vez el contribuyente haya acudido al organismo que proporciona el servicio. En caso de haberlo hecho ya se procede a pedir una intervención de la Encargada Entes Territoriales.

  • Jamás he trabajado con el Estado mas al revisar mis antecedentes me veo con multas. ¿Qué debo hacer?
    Lo que le aconsejamos hacer en una situación tan anormal como esta pasa por remitir una solicitud a la Coordinación del Equipo SIRI indicando su contratiempo, con lo que le solucionarán todo en poco tiempo.

  • No comprendo ciertas penalizaciones que se muestran al revisar el SIRI, ¿alguien me puede asistir?
    Usted tiene dos posibilidades: ponerse en comunicación telefónicamente con el grupo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861 o dirigirse personalmente a la segunda planta de su sede en Bogotá para que le aclaren la cuestión directamente.

  • Tengo denunciado al padre biológico de mis hijos y fueron precisos un par de años en el juzgado mas siempre y en toda circunstancia se dilata el procedimiento. ¿La Procuraduría puede mediar?
    Por supuesto. Usted dispone de 2 opciones: llamar a la abogada del Menor y Familia para que la Procuraduría efectúe una vigilancia del proceso o instar a la Personería su asistencia en este litigio.

  • Preciso realizar un procedimiento de oposición. ¿Qué tengo que hacer y cuáles son los requisitos?
    Cualquier ciudadano va a disponer de colaboración de la Procuraduría cuando se trata de llevar a cabo un procedimiento de oposición, si bien le van a solicitar estos documentos:

    Por parte del incapaz:

    • Registro civil de nacimiento (autentificado y dos copias)
    • Certificación sanitaria actual (original y dos copias)
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres fotocopias)

    Por parte del guardador o bien curador:

    • Certificado civil de nacimiento (cotejado) que especifique el vínculo consanguíneo o civil y 2 fotocopias
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un oficio enviado a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, incluya lo siguiente:

    • Dirección del presunto guardado
    • Dirección del incapacitado, especificando con quién convive y quién lo tiene al cargo de forma directa
    • Nombres, direcciones físicas y números de teléfono donde es posible contactar a parientes cercanos del incapacitado: (padres, hermanos, tíos, etcétera)
    • Nombres, direcciones postales y teléfonos de testigos
    • Precisar si el incapaz tiene a su nombre recursos muebles y también inmuebles
    • Relacionar si el incapacitado goza o bien tiene la capacidad de obtener una pensión de alguno de los padres
    • Clarifique si el incapaz tiene en trámite herencia o bien algún otro tipo de gestión

    Consejos para el ciudadano:
    En cuanto consiga los requerimientos debe acercarse a la Carrera 5 # 15-80, CAP, oficina de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia para tomar la consulta que es imperativa de este procedimiento. Transcurridos unos ocho días de la recepción de la documentación, debe preguntar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410, a que Procuradora le correspondió el número radicado de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le pertenece sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso 6.

  • ¿Puede ayudarme de alguna forma la Procuraduría en la situación de hallarme en severos contratiempos de dinero, sin posibilidad de trabajar y con varios hijos menores de edad a mi bajo mi tutela?
    La Procuraduría a través del Bienestar Familiar le coopera para que sus hijos tengan la posibilidad de aprovechar el programa de un desayuno y comida a diario.

  • Preciso denunciar a un funcionario estatal, quien ha cometido algunas irregularidades en el ejercicio de su cargo. ¿Qué podría hacer?
    La Procuraduría General de la Nación le atiende a la protesta verbalmente, por vía telefónica o por medio de internet.

  • Fui maltratada por un agente de la ley y medicina legal me ha dado incapacidad por quince días, ¿qué podría resolver la Procuraduría en esta situación?
    Por lo general puede ser más rápido realizar este tipo de gestiones a través de la Procuraduría, que traslada la disconformidad inmediatamente a la Distrital y de ella a la delegación de Temas Disciplinarios de la Policía. Adicionalmente a esto, le recomendamos que haga llegar una protesta por menoscabos físicos en la Fiscalía, para que puedan designarle una paga si se da una incapacidad.

  • Estuve trabajando como profesional de las Fuerzas militares y me dieron la baja argumentando que era por la discrecional. ¿Puedo interponer una protesta y la Procuraduría me ayuda con mi compensación?
    Este dictamen se refiere a que a los militares se les puede conceder la baja en cualquier instante, tras el análisis de un comité conformado por el Comandante del Batallón y otros altos cargos, lo que quiere expresar que la resolución que se toma es pactada. Mas si el ciudadano aporta una solicitud dirigido a la Encargada Fuerzas Militares se interviene y determina si fue acertada o bien viciada la decisión.

  • Como miliciano profesional que he sido y teniendo contratiempos sanitarios, sé que tengo derecho a una junta sanitaria, pero por el momento no me la han efectuado ¿qué podría hacer?
    Tiene que enviar al departamento de Sanidad del Ejército un escrito solicitando que se le realice la junta médica y de esa manera se le dictamine su merma de capacitación. Act seguido, tienen que asignarle una paga correspondiente a la intensidad de incapacitación que tenga.

  • Fui militar profesional, me otorgaron la baja desde hace más de tres meses, a la fecha no me han consignado mis subsidios, ¿qué debo hacer?
    La forma más simple de enmendar esta eventualidad es personarse en un centro de Retribuciones del Ejército y comentar allí su contratiempo. En la mayoría de casos acostumbra a ser suficiente con esto. De no ser así, le sugerimos que pida el arbitraje de la Procuraduría utilizando un escrito.

  • ¿Qué posibilidades tengo si se da el caso de que que tengo un proceso en un Juzgado Laboral desde hace 1 año o más y aún no he conseguido una resolución?
    Usted tiene que hacer llegar una solicitud a la Procuraduría Encargada para Asuntos Laborales solicitando una comprobación especial al proceso e señalando la Fiscalía y num. de procedimiento y en forma abreviado las irregularidades que están apareciendo.

Listado de Procuradurías cercanas a San Felipe

Si está tratando de localizar algún número telefónico, e-mail, número de fax o quizá alguna dirección postal, aquí mismo le proporcionamos una lista que reune las Procuradurías en las cercanías de la ciudad de San Felipe. Se trata de un listado ordenado por lejanía respecto a esta localidad. Para revisar la ficha completa con todos los datos de contacto, solamente va a tener que hacer clic sobre el título de la que le interese. Adicionalmente a la información antes mencionada, va a poder revisar los horarios de atención al contribuyente de cada oficina respectivamente, así como los nombres de los empleados públicos que le pueden escuchar.