Procuradurías en Soledad

Si eres habitante de Soledad o de localidades próximas, si necesitas llevar a cabo gestiones ante la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como la verificación de un Certificado de Antecedentes o su emisión, tienes acceso a la información requerida en esta página.

Preguntas frecuentes en relación a la Procuraduría General de la Nación

  • He tenido un incidente contra un coche de un servicio público y me dicen que debo personarme a la Procuraduría más cercana para una conformidad, ¿pueden ratificarme que esto es cierto?
    Sí, la Encargada de lo Civil dispone de una oficina de conciliaciones.

  • Soy pensionista y he solicitado la reliquidación de mi prestación y no se ha dado la posibilidad. ¿Puede la Procuraduría intervenir?
    Así es. Debe hacer llegar un documento a la Procuraduría solicitando una actuación.

  • En caso de que la compañía con la que he trabajado no me pague mis compensaciones sociales, ¿puede asistirme la Procuraduría?
    En este caso no. Al tratarse de una empresa privada, la Procuraduría no puede intervenir, puesto que únicamente se encarga de cuestiones públicas. Puede contactar con el Ministerio de Protección Social donde sí le atenderán.

  • ¿A quién puedo dirigirme si no comprendo bien alguna infracción que he recibido mediante SIRI?
    Usted dispone de dos posibilidades: ponerse en comunicación por teléfono con el equipo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861 o ir en persona a la segunda planta de su delegación en Bogotá para que le resuelvan la duda al momento.

  • Quiero formular una denuncia contra un funcionario público, que ha realizado ciertas irregularidades en el ejercicio de su cargo. ¿Qué debería hacer?
    La Procuraduría General de la Nación le atiende a la protesta verbalmente, por por teléfono o bien mediante internet.

  • Tengo demandado al papá de mis hijos y se necesitaron dos años en el juzgado pero siempre se dilata el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
    Sí. Es suficiente con hablar con la letrada de Menor y Familia y la Procuraduría puede hacerle rastreo al proceso o bien solicitarle a la Personería que le ayude.

  • ¿Puede auxiliarme de alguna forma la Procuraduría en la situación de encontrarme en serios problemas monetarios, en paro y con tres o más hijos menores de edad a mi bajo mi tutela?
    En su situación, tiene derecho a una asistencia por medio del programa Bienestar Familiar que se trata de un desayuno y comida a diario. Contacte con su delegación de la Procuraduría más próxima.

  • Jamás he trabajado con el Estado mas al consultar mis antecedentes aparezco con penalizaciones. ¿Qué debería hacer?
    Lo mejor que puede hacer en una circunstancia tan anómala como la que comentamos pasa por elevar un escrito a la Coordinación del Equipo SIRI indicando su contratiempo, con lo que le solucionarán todo en poco tiempo.

  • Trabajé como uniformado de las Fuerzas militares y me otorgaron la baja alegando que era por la discrecional. ¿Estoy en disposición de presentar una demanda y la Procuraduría me colabora con mi prestación?
    Este decreto se refiere a que a los soldados profesionales se les puede dar la baja en cualquier momento, previo la resolución de un comité formado por el Comandante del Batallón y otras personalidades, lo que viene a decir que la decisión que se toma es concertada. Mas si el ciudadano presenta un documento dirigido a la Encargada Fuerzas Militares se interviene y estipula si fue acertada o bien viciada la resolución.

  • La compañía Codensa me culpa de haber hecho trampa con el medidor, he ido hasta la Superintendencia evidenciándoles que no es tiene razón la empresa, pero la Superintendencia de Servicios Públicos me ratifica la penalización. ¿Me puede asistir la Procuraduría?
    Sí. La Encargada Preventiva Función Pública media frente a la Superintendencia solicitándole la gestión pronto de la petición. De lo contrario los empleados estatales se hacen acreedores de las penalizaciones disciplinarias estipuladas.

  • Alquilé mi vivienda, no tengo contrato y ya hace 6 meses que no me abonan el alquiler, ¿puedo solicitar la mediación de la Procuraduría para desalojar a los inquilinos?
    Es correcto. La Procuraduría General de la Nación ofrece un Centro de Conciliación al que todos y cada uno de los contribuyentes pueden ir, con o bien sin representante, para resolver conflictos sobre asuntos civiles, económicas o familiares que, conforme la Ley 640 del año 2001, sean susceptibles de conciliación, transacción y renuncia. Usted tiene la posibilidad de ir a la oficina principal Carrera 5 # 15-80, planta 17, o bien pedir más información en las extensiones telefónicas 11713 y 11710.

  • He sido militar profesional, me dieron la baja hace más de 3 meses, tengo problemas sanitarios, no se me realizó junta médica, qué tengo que hacer?
    Tiene que enviar al negociado de Salud del Ejército un documento solicitando que se le haga la junta médica y de esa manera se le dictamine su merma de capacidad. Act seguido, deberían estipularle una contraprestación correspondiente al porcentaje de minusvalía que tenga.

  • Tengo un contratiempo con un préstamo hipotecario. No he sido capaz de pagar una o varias mensualidades. Quisiera que la Procuraduría me ayude.
    En esta eventualidad la Procuraduría no puede asistirle, ya que no es su función básica. Le aconsejamos no obstante que llame a la Superintendencia Bancaria o hable la Defensoría del Usuario Financiero. También podría dirigirse a su entidad prestataria y renegociar su préstamo hipotecario en términos más convenientes.

  • ¿Qué podría hacer hacer si no he recibido mi retribución como soldado profesional, más de 3 meses después de aplicarme la baja?
    Usted tiene que dirigirse a la delegación de Prestaciones de Ejercito y gestionar sus pagos, si pasados 3 meses no le han solucionado, pida a través de una solicitud intermediación de la Procuraduría.

  • Espero por un procedimiento en una Fiscalía hace más de dos años y no ha sucedido nada, ¿qué debo hacer?
    Si se da el caso de que pasen más de 2 años desde la fecha de su inciación de proceso y no haya recibido contestación, tiene la posibilidad de formalizar una diligencia adicional dirigida a la Procuraduría Delegada de Cuestiones Penales, donde tiene que solicitar revisión extraordinaria del trámite. Tenga presente que debe indicar en este documento el núm. de trámite, enumerando además las irregularidades que ha visto al respecto.

  • Espero por un proceso en un Juzgado Laboral hace algo más de un año y no ha pasado absolutamente nada, ¿qué tengo que hacer?
    En la situación de que pase más de un año desde la fecha de su solicitud del proceso y no haya tenido solución, tiene la opción de formalizar una instancia especial hacia la Procuraduría Delegada de Cuestiones Laborales, donde debe pedir revisión especial del proceso. No pase por alto indicar en este documento el núm. de procedimiento y la Fiscalía, detallando también las irregularidades que ha observado al respecto.

  • Tengo un procedimiento de sucesión en un Juzgado Civil hace algo más de un año y no ha ocurrido nada en absoluto, ¿qué tengo que hacer?
    En la eventualidad de que pasen más de dos años a partir de la fecha de su solicitud del trámite de transmisión hereditaria y no haya tenido solución, tiene la posibilidad de preparar una solicitud extraordinaria para la Procuraduría Delegada para Cuestiones Civiles, donde pedirá revisión extraordinaria del procedimiento. Tenga presente que debe incorporar a este documento el número de proceso y la Fiscalía, relatando también las irregularidades que ha observado al respecto.

  • ¿Puede arbitrar la Procuraduría en la situación de haber sido atacado por un agente de la policía? Sanidad Legal me dio 15 días de incapacitación.
    Habitualmente suele ser más eficiente efectuar este tipo de gestiones a través de la Procuraduría, que traslada la queja directamente a la Distrital y de ella a la oficina de Temas Disciplinarios de la Policía. Además de esto, le aconsejamos que aporte una queja por daños físicos en la Fiscalía, de manera que pueda optar a una paga si se da una incapacitación.

  • Necesito tramitar un procedimiento de oposición. ¿Qué tengo que hacer y cuáles son los requisitos?
    Cualquier persona va a tener colaboración de la Procuraduría a la hora de efectuar un procedimiento de oposición, pero tenga en cuenta que le van a pedir estos documentos:

    A aportar por el interesado:

    • Registro civil de nacimiento (autentificado y 2 copias)
    • Certificación médica reciente (original y 2 copias)
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía (tres copias)

    Por parte del administrador o bien curador:

    • Certificado civil de nacimiento (cotejado) que indique el vínculo familiar o civil y 2 copias
    • Copia de la cédula de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un documento elevado a la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia, incluya lo que sigue:

    • Dirección del presunto guardado
    • Dirección del incapacitado, indicando con quién vive y quién lo cuida de manera directa
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos donde se puede citar a familiares próximos del inválido: (padres, hermanos, tíos, etcétera)
    • Nombres, direcciones físicas y números de teléfono de declarantes
    • Especificar si el incapaz se encuentra en posesión de bienes muebles y también inmuebles
    • Determinar si el incapacitado goza o tiene la capacidad de acceder una prestación de alguno de los progenitores
    • Determine si el incapacitado tiene en proceso herencia o algún otro género de tramitación

    Recomendaciones al contribuyente:
    Una vez reúna los requerimientos debe acudir a la Carrera cinco # 15-ochenta, CAP, oficina de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia para realizar la consulta respectiva. Pasados unos ocho días de la obtención de la documentación, debe consultar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410, a que Procuradora le perteneció el num. establecido de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le pertenece sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso 6.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Contraloría General de la República es una entidad del Estado encargada de velar por el buen uso de los recursos públicos.

Bajo estas líneas le damos la opción de ver las oficinas de la Procuraduría más próximas a Soledad

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