Procuradurías en Iles

Los residentes de Iles y poblaciones cercanas que necesiten realizar gestiones con la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como por ejemplo comprobar un Certificado de Antecedentes o generar uno nuevo, pueden hacerlo usando la información que van a localizar en esta sección.

Preguntas más habituales en relación a la Procuraduría General de la Nación

  • Tengo un procedimiento de sucesión en un Juzgado Civil hace más de un año y no ha sucedido absolutamente nada, ¿qué debo hacer?
    Usted tiene que enviar una solicitud a la Procuraduría Delegada para Temas Civiles pidiendo una vigilancia específica al procedimiento y también indicando la Fiscalía y nº de proceso y en formato breve las anomalías que están surgiendo.

  • Espero por un procedimiento en un Juzgado Laboral hace más de un año y no ha pasado absolutamente nada, ¿qué debo hacer?
    Usted tiene que enviar un documento a la Procuraduría Encargada para Asuntos Laborales pidiendo una revisión especial al proceso e indicando la Fiscalía y num. de procedimiento y en forma breve las anomalías que están apareciendo.

  • Fui soldado profesional, me dieron la baja hace más de tres meses, a la fecha no me han hecho llegar mis pensiones, ¿qué tengo que hacer?
    Tiene que personarse a la oficina de Prestaciones de Ejercito y tramitar sus subsidios, si transcurridos 3 meses no le han solucionado, solicite mediante un documento mediación de la Procuraduría.

  • Fui soldado profesional, me otorgaron la baja desde hace más de tres meses, tengo problemas médicos, no se me realizó junta médica, qué debo hacer?
    Debe dirigir al negociado de Sanidad del Ejército un escrito pidiendo que se le haga la junta médica y de esa forma se le dictamine su merma de capacitación. Después, tendrían que establecerle una prestación correspondiente al porcentaje de minusvalía que tenga.

  • Trabajé como profesional de las Fuerzas armadas y me dieron la baja argumentando que era por la facultativa. ¿Puedo interponer una demanda y la Procuraduría me colabora con mi reintegro?
    Este decreto habla de que a los militares se les puede conceder la baja en cualquier momento, tras el análisis de un comité formado por el Comandante del Batallón y otras personalidades, lo que viene a expresar que la decisión que se toma es convenida. Mas si el ciudadano aporta un documento dirigido a la Delegada Fuerzas Militares se interviene y decide si fue viable o bien viciada la resolución.

  • ¿Podría interceder la Procuraduría en la situación de haber sido agredido por un agente de la ley? Sanidad Legal me dio una quincena de incapacidad.
    Habitualmente puede ser más veloz efectuar este tipo de gestiones a través de la Procuraduría, que hace llegar la demanda directamente a la Distrital y de ella a la delegación de Temas Disciplinarios de la Policía. Además de esto, le recomendamos que aporte una demanda por daños físicos en la Fiscalía, para que puedan designarle una pensión en caso de incapacitación.

  • Deseo denunciar a un funcionario del estado, quien ha realizado ciertas anomalías en el ejercicio de su cargo. ¿Qué debo hacer?
    La Procuraduría General de la Nación le recibe la queja personalmente, por por teléfono o bien a través de internet.

  • Soy una persona de escasos recursos financieros y tengo cuatro menores a mi cargo, no dispongo de empleo y nos encontramos mal de nutrición. ¿De qué manera me podría ayudar la Procuraduría General de la Nación?
    La Procuraduría por medio del Bienestar Familiar le coopera a fin de que sus hijos puedan aprovechar el programa de un desayuno y comida a diario.

  • Querría información para realizar correctamente un procedimiento de oposición.
    Usted va a disponer de asistencia de la Procuraduría en el momento de tramitar un procedimiento de oposición, pero tenga en cuenta que le van a solicitar esta documentación:

    A aportar por el contribuyente:

    • Registro civil de nacimiento (autentificado y dos copias)
    • Certificado sanitario reciente (original y dos copias)
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres fotocopias)

    Desde el guardador o bien curador:

    • Registro civil de nacimiento (autentificado) que demuestre el parentesco consanguíneo o bien civil y dos fotocopias
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un documento elevado a la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia, acompañe lo siguiente:

    • Dirección del presunto administrado
    • Dirección del incapaz, especificando con quién convive y quién lo tiene al cargo de forma directa
    • Nombres, direcciones postales y números de teléfono donde es posible contactar a parientes cercanos del incapaz: (padres, hermanos, tíos, etc.)
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos de testigos
    • Precisar si el incapacitado es dueño de recursos muebles y también inmuebles
    • Especificar si el incapaz disfruta o tiene la capacidad de acceder una pensión de alguno de los progenitores
    • Informe si el inválido tiene en trámite herencia o algún otro tipo de trámite

    Recomendaciones al contribuyente:
    Una vez complete los requisitos debe asistir a la Carrera cinco # 15-80, CAP, oficina de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia para efectuar la consulta de rigor. Transcurridos unos 8 días de la obtención de los documentos, tiene que preguntar al teléfono +57 1 336 00 11, ext. 11410, a que Procuradora le perteneció el nº establecido de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le pertenece sobre los procedimientos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso seis.

  • Tengo denunciado al padre de mis hijos y se necesitaron un par de años en el juzgado pero siempre se dilata el proceso. ¿La Procuraduría puede mediar?
    Por supuesto. Usted tiene dos posibilidades: contactar con la letrada del Menor y Familia para que la Procuraduría realice un rastreo del juicio o pedir a la Personería su ayuda en este contencioso.

  • No comprendo ciertas penalizaciones que se muestran al comprobar el SIRI, ¿alguien me puede ayudar?
    Por favor hable con el equipo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861, o personarse en el segundo piso de nuestra oficina en la ciudad de Bogotá y allí será contestada su duda.

  • Nunca he trabajado con el Estado mas al consultar mis antecedentes me veo con penalizaciones. ¿Qué podría hacer?
    Lo que le recomendamos hacer en una circunstancia tan anómala como la que comentamos pasa por trasladar una solicitud a la Coordinación del Equipo SIRI explicando su contratiempo, con lo que le resolverán todo en poco tiempo.

  • La Entidad de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá me anuló el servicio hace meses y no ha sido factible su rehabilitación. ¿A quién debo dirigirme?
    La Procuraduría arbitra en servicios estatales después de que el ciudadano haya acudido al órgano prestador del servicio. Si ya lo hizo se procede a requerir una intervención de la Delegada Entes Territoriales.

  • La empresa Codensa me acusa de haber realizado engaño con el medidor, he llegado hasta la Superintendencia evidenciándoles que no es así, mas la Superintendencia de Servicios Públicos me confirma la penalización. ¿Me puede asistir la Procuraduría?
    Efectivamente. La Delegada Precautoria Función Pública interviene ante la Superintendencia solicitándole el trámite pronto de la solicitud. En caso contrario los funcionarios se hacen merecedores de las penalizaciones disciplinarias precisas.

  • Tengo un inconveniente con un crédito hipotecario. No he tenido la posibilidad de abonar una o varias letras. Quisiera que la Procuraduría me colabore.
    En esta situación la Procuraduría no puede serle de ayuda, no es su competencia funcional. Le recomendamos no obstante que contacte con la Superintendencia Bancaria o converse la Defensoría del Usuario Financiero. Adicionalmente podría dirigirse a su banco y volver a negociar su préstamo hipotecario en términos más propicios.

  • Mi automóvil fue estrellado por un vehículo oficial, me dijeron que tengo que acudir a la Procuraduría para una conformidad. ¿Es esto cierto?
    Así es, la Delegada en lo Civil dispone de una oficina de conciliaciones.

  • Si la empresa con la que he laborado no me pague mis compensaciones sociales, ¿puede intervenir la Procuraduría?
    No. Por ser su empleador una empresa de carácter privado, la Procuraduría no tiene la atribución para actuar. En un caso así debe acercarse al Ministerio de Protección Social.

  • ¿En qué lugar se publicita la lista de aceptados a las oposiciones de la Procuraduría?
    Tiene la opción de consultar estos datos en el sitio de internet de la Procuraduría General de la Nación.

  • Alquilé mi casa, no dispongo de contrato y ya hace seis meses que no me pagan, ¿puedo solicitar la intervención de la Procuraduría para desalojar a los arrendatarios?
    Así es. La Procuraduría General de la Nación ofrece un Centro de Conciliación al que la totalidad de los ciudadanos pueden acercarse, con o bien sin apoderado, para solucionar conflictos sobre cuestiones civiles, económicas o bien de familia que, según la Ley 640 del año 2001, sean susceptibles de conciliación, negociación y renuncia. Puede personarse en la oficina principal Carrera 5 # 15-80, planta diecisiete, o requerir más información en las extensiones de teléfono 11713 y 11710.

  • Recibo una pensión con frecuencia regular y he pedido una reliquidación de la misma, si bien me la han denegado, ¿podría ayudarme la Procuraduría en este asunto?
    Es correcto. Debe hacer llegar una solicitud a la Procuraduría pidiendo una actuación.

Listado de Procuradurías próximas a Iles

Si necesita encontrar algún número, dirección de correo electrónico, fax o inclusive una dirección postal, le proporcionamos una lista de las instituciones más alrededor a la ciudad de Iles. Esta lista está organizada según la distancia desde la ciudad. Para consultar a la información completa con toda la información de contacto, solo tiene que pulsar en el nombre de la entidad que le llame la atención. Además de la data previamente, también encontrará los horarios de atención al ciudadano de cada delegación, así como los denominaciones de los funcionarios que pueden asistir.