Procuradurías en Villa Caro

Los ciudadanos de Villa Caro y poblaciones cercanas que deseen efectuar trámites con la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como por ejemplo consultar un Certificado de Antecedentes o generar uno nuevo, pueden hacerlo utilizando los datos que encontrarán en esta sección.

Preguntas más habituales relacionadas con la Procuraduría General de la Nación

  • Como militar profesional que he sido y teniendo contratiempos de salud, tengo conocimiento de que tengo derecho a una junta sanitaria, pero por el momento no me la han realizado ¿qué podría hacer?
    Tiene que hacer llegar al órgano de Sanidad del Ejército un escrito solicitando que se le realice la junta médica y de esa forma se le valore su carencia de capacitación. Después, tendrían que fijarle una contraprestación adecuada al porcentaje de incapacitación que tenga.

  • Trabajé como profesional de las Fuerzas armadas y me otorgaron la baja alegando que era por la facultativa. ¿Estoy en disposición de presentar una demanda y la Procuraduría me ayuda con mi reintegro?
    Este dictamen se refiere a que a los militares se les puede conceder la baja en cualquier momento, tras el análisis de un comité conformado por el Comandante del Batallón y otras personalidades, lo que viene a expresar que la resolución que se toma es pactada. Pero si el ciudadano aporta una solicitud dirigido a la Encargada Fuerzas Militares se interviene y decide si fue acertada o viciada la resolución.

  • Fui atacada por un agente de la ley y medicina legal me dio incapacidad por quince días, ¿qué podría resolver la Procuraduría en este caso?
    Habitualmente puede ser más rápido efectuar este tipo de tramitaciones por medio de la Procuraduría, que traslada la protesta directamente a la Distrital y de ella a la delegación de Asuntos Disciplinarios de la Policía. Adicionalmente a esto, le aconsejamos que aporte una demanda por lesiones físicas en la Fiscalía, de manera que pueda optar a una pensión si se da una incapacidad.

  • ¿Qué actuaciones puedo tomar como ciudadano, si detecto alguna ilegalidad por parte de un funcionario público en el ejercicio de sus gestiones?
    Puede enviar la protesta a la Procuraduría de forma rápida por vía telemática, pero también por teléfono e incluso personándose en cualquiera de sus centros.

  • Soy un ciudadano de limitados recursos económicos y tengo cuatro hijos menores a mi cargo, no dispongo de empleo y nos encontramos mal de nutrición. ¿De qué forma me puede ayudar la Procuraduría General de la Nación?
    En su situación, tiene derecho a una asistencia a través del programa Bienestar Familiar que se trata de un desayuno y comida de forma diaria. Consulte con su oficina de la Procuraduría más próxima.

  • Necesito tramitar un proceso de oposición. ¿Qué debo hacer y cuáles son los requerimientos?
    La Procuraduría le coopera con el proceso de oposición y requiere los siguientes documentos:

    A aportar por el contribuyente:

    • Registro civil de nacimiento (autenticado y dos copias)
    • Certificación médica actual (original y dos copias)
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (3 fotocopias)

    Desde el administrador o curador:

    • Certificado civil de nacimiento (cotejado) que indique el vínculo familiar o civil y dos fotocopias
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un documento elevado a la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia, indique:

    • Dirección del supuesto administrado
    • Dirección del incapacitado, especificando con quién vive y quién lo cuida directamente
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos donde es posible refererir a familiares próximos del inválido: (padres, hermanos, tíos, etcétera)
    • Nombres, direcciones postales y teléfonos de declarantes
    • Precisar si el incapacitado tiene a su nombre bienes muebles y también inmuebles
    • Relacionar si el incapacitado disfruta o tiene la posibilidad de acceder una prestación de alguno de los padres
    • Determine si el incapacitado tiene en trámite herencia o algún otro tipo de trámite

    Consejos para el contribuyente:
    Una vez haya conseguido la documentación precisa previamente descrita, tiene que dirigirse personalmente a la Carrera cinco # 15-ochenta, CAP, delegación de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia. Allí deberá efectuar una declaración con su firma que es obligatoria para afrontar este proceso. Cuando hayan trancurrido un total de 8 días laborables tras la consecución de los documentos, tiene que llamar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410 para consultar a qué Procuradora le perteneció el número fijado de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le corresponde sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso 6.

  • ¿La Procuraduría tiene capacidad para actuar si estoy más de dos años en un proceso contencioso contra el progenitor de mis descendientes?
    En efecto sí. Usted dispone de dos posibilidades: ponerse en contacto con la letrada del Menor y Familia para que la Procuraduría haga una vigilancia del juicio o requerir a la Personería su colaboración en este litigio.

  • No comprendo alguna de las penalizaciones que surgen al consultar el SIRI, ¿alguien me puede asistir?
    Usted dispone de dos opciones: ponerse en contacto por teléfono con el grupo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861 o aproximarse personalmente al segundo piso de su delegación en Bogotá para que le aclaren la duda directamente.

  • Jamás he trabajado con el Estado mas al consultar mis antecedentes aparezco con penalizaciones. ¿Qué debo hacer?
    Lo que le aconsejamos hacer en una eventualidad tan irregular como esta pasa por enviar una carta a la Coordinación del Equipo SIRI explicando su preocupación, con lo que le resolverán todo a la mayor prontitud.

  • La Entidad de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá me suprimió el servicio hace un buen tiempo y no ha sido posible su reinstalación. ¿A quién debo dirigirme?
    La Procuraduría interviene en servicios públicos después de que el usuario haya acudido a la entidad que ofrece el servicio. En caso de haberlo hecho ya se procede a requerir una intervención de la Encargada Entes Territoriales.

  • ¿La Procuraduría podría ayudarme en caso de que Condensa me denuncie injustamente de llevar a cabo algún tipo de engaño con el contador?
    Es correcto. En en una situación como la suya tiene derecho a que la Encargada Preventiva de Función Pública medie ante la Superintendencia para constatar que la inculpación sea fundada y se compruebe su incidente.

  • He estado en problemas económicos y no he logrado abonar las más recientes cuotas de mi hipoteca, ¿puede ayudarme en algo la Procuraduría?
    En esta eventualidad la Procuraduría no podría serle de ayuda, ya que no es su competencia básica. Le sugerimos sin embargo que telefonee a la Superintendencia Bancaria o hable la Defensoría del Usuario Financiero. Adicionalmente puede dirigirse a su banco y volver a negociar su hipoteca en términos más favorables.

  • He sufrido un incidente contra un coche del gobierno y me dicen que estoy impelido a personarme a la Procuraduría más cercana para una conformidad, ¿podrían asegurarme que esto es correcto?
    Sí, la Encargada en lo Civil cuenta con una delegación de conciliaciones.

  • ¿Puede mediar la Procuraduría ante una compañía privada para el pago de mis prestaciones sociales?
    En esta contingencia no. Al ser una compañía privada, la Procuraduría no puede mediar, puesto que únicamente se ocupa de cuestiones públicas. Puede contactar con el Ministerio de Protección Social donde sí le van a ayudar.

  • ¿Dónde se publicita el listado de aceptados a los concursos públicos de la Procuraduría?
    En la página de Internet de la Procuraduría puede consultar esto datos.

  • Alquilé mi vivienda, no dispongo de contrato y ya hace seis meses que no me abonan el arrendamiento, ¿puedo pedir la mediación de la Procuraduría para desalojar a los arrendatarios?
    Sí. La Procuraduría General de la Nación pone a su disposición un Centro de Conciliación al que todos los colombianos pueden acercarse, con o sin representante, para solucionar enfrentamientos sobre asuntos civiles, mercantiles o de familia que, según la Ley 640 del año 2001, sean aptas para la conciliación, transacción y desistimiento. Usted tiene la posibilidad de personarse en la sede territorial Carrera 5 # 15-80, planta 17, o requerir más información en las extensiones telefónicas 11713 y 11710.

  • Cobro una paga con frecuencia regular y he requerido una reliquidación de la misma, si bien me la han desestimado, ¿puede ayudarme la Procuraduría en este problema?
    Sí. Debe enviar un escrito a la Procuraduría solicitando una actuación.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Defensoría del Pueblo es una entidad del Estado encargada de proteger los derechos humanos y promover la defensa de los derechos de las personas.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Contraloría General de la República es una entidad del Estado encargada de velar por el buen uso de los recursos públicos.

  • ¿Qué posibilidades tengo si ocurre que tengo un proceso abierto en una Fiscalía por 2 años o más?
    Si se da el caso de que pasen más de dos años a partir de la fecha de su petición de trámite y no haya tenido respuesta, tiene la opción de formalizar una petición extraordinaria para la Procuraduría Delegada de Asuntos Penales, donde pedirá revisión especial del trámite. Tenga en cuenta que debe añadir a este escrito el número de proceso, enumerando también las irregularidades que ha visto al respecto.

Bajo estas líneas tiene las oficinas de la Procuraduría más cercanas a Villa Caro

Justo debajo de este texto, verá una lista de las oficinas de la Procuraduría más cercanas a la localidad de Villa Caro, organizadas por cercanía. Sólo tiene que hacer clic en una de ellas para acceder a toda información de contacto que precise para realizar las gestiones más habituales: números de teléfono, fax, direcciones postales, direcciones de correo electrónico, nombres de los responsables, y más. Además, le ofrecemos el horario de atención al público de estas Procuradurías, para que optimice su valioso tiempo.