Procuradurías en Viterbo

Si se da la situación de que usted sea habitante de Viterbo o centros urbanos próximos y necesita conseguir un Certificado de Antecedentes de algún empleado estatal, puede acercarse a cualesquiera de las delegaciones de la Procuraduría General de Colombia que va a poder revisar algo más abajo. Revise todo el listado y haga clic sobre la que más le convenga.

Preguntas más habituales relacionadas con la Procuraduría General de la Nación

  • Mi carro fue accidentado por un vehículo oficial, me afirmaron que debo acudir a la Procuraduría para una conformidad. ¿Es esto cierto?
    Eso que le dijeron es cierto. La Encargada de lo Civil proporciona al contribuyente una oficina de conformidades.

  • Soy pensionado y he pedido la reliquidación de mi pensión y no se ha dado la posibilidad. ¿Podría la Procuraduría intervenir?
    Así es. Debe dirigir un documento a la Procuraduría pidiendo una intervención.

  • ¿Puede actuar la Procuraduría ante una empresa privada para el abono de mis compensaciones sociales?
    En este caso no. Al tratarse de una empresa privada, la Procuraduría no tiene competencias, ya que únicamente se encarga de cuestiones públicas. Puede dirigirse al Ministerio de Protección Social donde sí le ayudarán.

  • ¿A quién podría consultar si no entiendo adecuadamente alguna sanción que he recibido por medio de SIRI?
    Usted dispone de dos posibilidades: contactar por teléfono con el equipo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861 o aproximarse personalmente a la segunda planta de su oficina en Bogotá para que le resuelvan la cuestión rápidamente.

  • Quiero cursar una denuncia contra un funcionario estatal, quien ha realizado algunas irregularidades en el ejercicio de sus funciones. ¿Qué tengo que hacer?
    Puede enviar la protesta a la Procuraduría de forma directa por vía telemática, pero también por teléfono y por supuesto en persona en cualesquiera de sus oficinas.

  • Tengo denunciado al padre de mis hijos y llevó dos años en el juzgado mas siempre y en toda circunstancia se prolonga el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
    En efecto sí. Usted tiene dos opciones: llamar a la letrada del Menor y Familia para que la Procuraduría efectúe una vigilancia del juicio o instar a la Personería su asistencia en este litigio.

  • Soy una persona de limitados recursos financieros y tengo cuatro hijos menores a mi cargo, no tengo trabajo y estamos mal de alimentación. ¿De qué forma me puede asistir la Procuraduría General de la Nación?
    En su caso, tiene derecho a una asistencia por medio del programa Bienestar Familiar que consiste en un desayuno y comida de forma diaria. Consulte con su centro de la Procuraduría más cercana.

  • Si bien jamás he trabajado como empleado del gobierno, me he encontrado con que tengo penalizaciones al comprobar mis antecedentes disciplinarios, ¿Qué puedo hacer al respecto?
    Usted debería hacer llegar un documento a la Coordinación del Equipo SIRI detallando su caso y solicitando esclarecimiento del mismo.

  • Trabajé como profesional de las Fuerzas militares y me otorgaron la baja alegando que era por la discrecional. ¿Tengo derecho a interponer una queja y la Procuraduría me ayuda con mi prestación?
    Este decreto habla de que a los soldados profesionales se les puede dar la baja en cualquier situación, tras el dictamen de un comité conformado por el Comandante del Batallón y otros altos cargos, lo que quiere expresar que la resolución que se toma es concertada. Pero si la persona hace llegar un documento dirigido a la Delegada Fuerzas Militares se interviene y decide si fue acertada o bien viciada la decisión.

  • La empresa Codensa me imputa de haber efectuado trampa con el medidor, he llegado hasta la Superintendencia probándoles que no es cierto, mas la Superintendencia de Servicios Públicos me ratifica la penalización. ¿Me puede asistir la Procuraduría?
    Es correcto. En un caso como el suyo tiene derecho a que la Encargada Preventiva de Función Pública interceda ante la Superintendencia para asegurarse de que la acusación sea fundada y se compruebe su caso.

  • He alquilado mi casa, no dispongo de contrato y ya hace seis meses que no me abonan el arrendamiento, ¿puedo solicitar la intervención de la Procuraduría para desalojar a los inquilinos?
    Es correcto. La Procuraduría General de la Nación dispone de un Centro de Conciliación al que todos y cada uno de los colombianos pueden acercarse, con o sin apoderado, para resolver enfrentamientos sobre cuestiones civiles, comerciales o bien familiares que, conforme la Ley 640 del año 2001, sean aptas para la conciliación, negociación y desistimiento. Usted puede acercarse a la delegación principal Carrera 5 # 15-80, planta diecisiete, o bien requerir más datos en las extensiones de teléfono 11713 y 11710.

  • Como miliciano profesional que he sido y teniendo contratiempos médicos, tengo conocimiento de que puedo optar a una junta sanitaria, pero de momento no me la han realizado ¿qué puedo hacer?
    Solicitar a Sanidad Ejercito por medio de un derecho de petición que se le realice la junta médica y se le determine la pérdida de capacidad, en virtud a este % se le otorga la prestación o bien la indemnización.

  • He pasado por inconvenientes financieros y no he conseguido pagar las más recientes cuotas de mi hipoteca, ¿podría asistirme en algo la Procuraduría?
    No somos competentes, usted debería ponerse en contacto con la Superintendencia Bancaria o bien a la Defensoría del Usuario Financiero o bien a la sección de cartera de esa entidad, pedir la liquidación y negociar o refinanciar el adeudo.

  • He sido soldado de profesión, me otorgaron la baja hace más de tres meses, hasta la fecha de hoy no me han hecho llegar mis prestaciones, ¿qué debería hacer?
    Usted tiene que personarse a la oficina de Subsidios de Ejercito y tramitar sus prestaciones, si pasados tres meses no le han solucionado, pida mediante una solicitud intermediación de la Procuraduría.

  • ¿Qué podría hacer si me encuentro en la situación de que tengo un trámite iniciado en una Fiscalía desde hace dos años o más?
    Tiene que enviar un documento a la Procuraduría Encargada para Temas Penales solicitando una revisión extraordinaria al procedimiento e señalando la Fiscalía y nº de proceso y en forma breve las irregularidades que se están presentando.

  • ¿Qué podría hacer si me sucede que tengo un trámite en un Juzgado Laboral por 1 año o más y sigo sin haber recibido respuesta?
    Si se da el caso de que transcurra más de 1 año desde la fecha de su petición del procedimiento y no haya obtenido réplica, tiene la posibilidad de cumplimentar una diligencia especial dirigida a la Procuraduría Delegada para Asuntos Laborales, donde debe pedir revisión extraordinaria del trámite. Tenga en cuenta que debe añadir a este documento el número de procedimiento y la Fiscalía, detallando además las irregularidades que ha visto al respecto.

  • Espero por un procedimiento de sucesión en un Juzgado Civil hace más de un año y no ha sucedido absolutamente nada, ¿qué debería hacer?
    En la situación de que pasen más de 2 años a partir de la fecha de su petición del proceso de transmisión hereditaria y no haya recibido réplica, tiene la opción de cumplimentar una petición extraordinaria hacia la Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles, donde debe solicitar revisión extraordinaria del procedimiento. No pase por alto añadir a este documento el número de procedimiento y la Fiscalía, expresando además las irregularidades que ha visto al respecto.

  • He sido agredida por un policía y sanidad legal me dio incapacidad por quince días, ¿qué puede hacer la Procuraduría en un caso así?
    Por norma general puede ser más veloz abordar este tipo de tramitaciones por medio de la Procuraduría, que envía la queja directamente a la Distrital y de ella a la delegación de Asuntos Disciplinarios de la Policía. Junto a esto, le sugerimos que presente una demanda por lesiones físicas en la Fiscalía, de forma que pueda optar a una pensión en caso de incapacitación.

  • Preciso gestionar un procedimiento de interdicción. ¿Qué debería hacer y cuáles son las condiciones?
    Usted va a tener colaboración por parte de la Procuraduría cuando se trata de tramitar un procedimiento de oposición, si bien le van a solicitar estos documentos:

    A aportar por el ciudadano:

    • Registro civil de nacimiento (autentificado y dos copias)
    • Certificación sanitaria actual (original y 2 copias)
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres copias)

    Del guardador o bien curador:

    • Registro civil de nacimiento (cotejado) que especifique el vínculo consanguíneo o bien civil y 2 copias
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un documento enviado a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, incluya lo siguiente:

    • Dirección del supuesto guardado
    • Dirección del inválido, detallando con quién vive y quién lo tiene al cargo de manera directa
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos donde es posible contactar a parientes cercanos del incapacitado: (padres, hermanos, tíos, etc.)
    • Nombres, direcciones postales y números de teléfono de testigos
    • Precisar si el incapacitado es dueño de bienes muebles y también inmuebles
    • Determinar si el incapacitado goza o bien tiene la opción de obtener una pensión de alguno de los progenitores
    • Clarifique si el afectado tiene en trámite sucesión o algún otro género de tramitación

    Recomendaciones al contribuyente:
    Cuando haya obtenido la documentación esencial antes mencionada, debe acercarse en persona a la Carrera 5 # quince-80, CAP, centro de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia. Allí deberá realizar una declaración firmada que es esencial para realizar este trámite. Cuando hayan trancurrido un total de 8 días laborables tras la obtención de los documentos, tiene que llamar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410 para consultar a qué Procuradora le perteneció el código establecido de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le corresponde sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso seis.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Contraloría General de la República es una entidad del Estado encargada de velar por el buen uso de los recursos públicos.

Aquí tiene las oficinas de la Procuraduría más próximas a Viterbo

En caso de estar en plena búsqueda de algún número telefónico, dirección de email, fax o tal vez direcciones postales, aquí mismo le proporcionamos una lista que reune las Procuradurías en las cercanías del municipio de Viterbo. Se trata de un listado ordenado por lejanía respecto a esta municipalidad. Para llegar a la ficha íntegra con toda la información de contacto, solamente va a tener que clicar sobre el título de la que quiera. Junto a los datos previamente comentados, va a poder ver el horario de atención al contribuyente de cada oficina respectivamente, además de los nombres de los empleados públicos que le pueden escuchar.