Procuradurías en Villa de San Diego de Ubate

Los habitantes de Villa de San Diego de Ubate y poblaciones próximas que necesiten llevar a cabo trámites con la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como pueden ser comprobar un Certificado de Antecedentes o procesar uno nuevo, pueden hacerlo empleando los datos que van a ver en esta página.

Preguntas más habituales en relación a la Procuraduría General de la Nación

  • ¿Qué opciones tengo si no he obtenido mi remuneración como soldado profesional, más de tres meses después de darme la baja?
    El método más simple para enmendar esta contingencia es ir en persona a una oficina de Prestaciones del Ejército y tratar allí su contratiempo. Por lo general acostumbra a ser suficiente con esto. De no ser así, le recomendamos que solicite el arbitraje de la Procuraduría utilizando una instancia.

  • Como militar profesional que he sido y teniendo problemas médicos, tengo conocimiento de que tengo derecho a una junta sanitaria, pero de momento no me la han realizado ¿qué podría hacer?
    Tiene que remitir al negociado de Sanidad del Ejército un escrito solicitando que se le realice la junta médica y de esa forma se le dictamine su merma de capacidad. Tras esto, deberían fijarle una contraprestación correspondiente a la intensidad de incapacitación que tenga.

  • He trabajado como soldado durante mucho tiempo y la milicia determinó darme la baja manifestando que lo hacía por la facultativa, ¿Podría ayudarme la Procuraduría a obtener una pensión?
    Este dictamen se refiere a que a los militares se les puede dar la baja en cualquier instante, previo el dictamen de un comité formado por el Comandante del Batallón y otros altos cargos, lo que viene a decir que la resolución que se toma es pactada. Mas si la persona presenta un documento dirigido a la Delegada Fuerzas Militares se interviene y decide si fue acertada o viciada la decisión.

  • ¿Puede intervenir la Procuraduría si he sido atacado por un policía? Medicina Legal me estipuló una quincena de incapacidad.
    La Procuraduría General recibe la protesta, esto se envía a una Distrital y esta a su vez la dirige a la oficina de Asuntos Disciplinarios de la Policía, lo que quiere decir que es más veloz hacer el trámite de forma directa en la Policía Nacional. Además de esto debe aportar la demanda por lesiones físicas en la Fiscalía, para que por este medio consiga el pago de la incapacitación producida.

  • Deseo denunciar a un funcionario del estado, que ha realizado algunas anomalías en el ejercicio de sus funciones. ¿Qué debería hacer?
    La Procuraduría General de la Nación le atiende a la denuncia verbalmente, por vía telefónica o por medio de internet.

  • ¿Podría auxiliarme de alguna forma la Procuraduría en la situación de encontrarme en acuciantes problemas monetarios, sin trabajo alguno y con tres o más hijos menores a mi bajo mi tutela?
    La Procuraduría a través del Bienestar Familiar le colabora para que sus hijos puedan acceder al programa de un desayuno y comida a diario.

  • Quiero realizar un procedimiento de interdicción. ¿Qué tengo que hacer y cuáles son las condiciones?
    La Procuraduría le coopera con el proceso de oposición y precisa los siguientes documentos:

    Del incapaz:

    • Registro civil de nacimiento (autenticado y 2 copias)
    • Certificación sanitaria actual (original y 2 copias)
    • Fotocopia de la tarjeta de ciudadanía (3 copias)

    Por parte del guardador o bien curador:

    • Registro civil de nacimiento (autenticado) que determine el parentesco familiar o civil y 2 copias
    • Copia de la cédula de ciudadanía (tres fotocopias)

    En un oficio enviado a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, acompañe lo siguiente:

    • Dirección del presunto guardado
    • Dirección del inválido, especificando con quién convive y quién lo tiene al cargo de manera directa
    • Nombres, direcciones postales y teléfonos donde es posible refererir a familiares próximos del incapaz: (padres, hermanos, tíos, etcétera)
    • Nombres, direcciones físicas y números de teléfono de declarantes
    • Relacionar si el incapaz se encuentra en posesión de recursos muebles y también inmuebles
    • Determinar si el incapaz goza o tiene la capacidad de obtener una prestación de alguno de los padres
    • Determine si el afectado tiene en trámite sucesión o bien algún otro género de trámite

    Recomendaciones al ciudadano:
    En el momento en que complete los requisitos debe acudir a la Carrera cinco # quince-80, CAP, oficina de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia para efectuar la consulta de rigor. Pasados unos ocho días desde la recepción de los documentos, tiene que llamar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410, a que Procuradora le perteneció el nº radicado de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le pertenece sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso seis.

  • Tengo demandado al padre de mis hijos y se necesitaron un par de años en el juzgado mas siempre se alarga el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
    Por supuesto. Usted dispone de dos opciones: ponerse en contacto con la defensora del Menor y Familia para lograr que la Procuraduría efectúe una vigilancia del proceso o requerir a la Personería su auxilio en este procedimiento legal.

  • No entiendo alguna de las penalizaciones que se muestran al comprobar el SIRI, ¿alguien me podría asistir?
    Por favor contacte con el equipo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861, o personarse al segundo piso de nuestra oficina en la ciudad de Bogotá y allá va a ser contestada su pregunta.

  • Nunca he trabajado con el Gobierno pero al revisar mis antecedentes aparezco con penalizaciones. ¿Qué debo hacer?
    Lo que le recomendamos hacer en una situación tan inusual como la que comentamos pasa por remitir un escrito a la Coordinación del Equipo SIRI explicando su problema, con lo que le solucionarán todo en poco tiempo.

  • La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de la ciudad de Bogotá me canceló el servicio hace meses y no ha sido posible su reinstalación. ¿A quién debo dirigirme?
    La Procuraduría media en servicios estatales una vez el ciudadano haya ido a la entidad que ofrece el servicio. En caso de haberlo hecho ya se procede a pedir una intercesión de la Encargada Entes Territoriales.

  • ¿La Procuraduría podría ampararme en caso de que Condensa me culpe injustamente de efectuar algún tipo de fraude con el contador?
    En efecto. En en una situación como la suya tiene derecho a que la Encargada Preventiva de Función Pública interceda ante la Superintendencia para asegurarse de que la denuncia sea fundada y se compruebe su caso.

  • He estado en inconvenientes económicos y no he logrado abonar las últimas letras de mi hipoteca, ¿podría asistirme en algo la Procuraduría?
    En esta eventualidad la Procuraduría no puede ayudarle, no es su función funcional. Le aconsejamos no obstante que contacte con la Superintendencia Bancaria o hable la Defensoría del Usuario Financiero. Adicionalmente puede ir a su entidad bancaria y renegociar su hipoteca en plazos más propicios.

  • He sufrido un percance contra un vehículo del estado y me explican que tengo que personarme a la Procuraduría más cercana para una conciliación, ¿podrían confirmarme que esto es correcto?
    Así es, la Encargada de lo Civil cuenta con una oficina de conciliaciones.

  • ¿Puede intervenir la Procuraduría ante una compañía privada para el pago de mis indemnizaciones sociales?
    No. Al ser su empleador una empresa privada, la Procuraduría no tiene la competencia para mediar. En este caso debe acudir al Ministerio de Protección Social.

  • ¿Dónde se puede consultar la lista de admitidos a las oposiciones de la Procuraduría?
    Puede ver esta información en la página web de la Procuraduría General de la Nación.

  • Alquilé mi vivienda, no hice contrato y ya hace 6 meses que no me pagan, ¿puedo solicitar la intervención de la Procuraduría para desalojar a los arrendatarios?
    Sí. La Procuraduría General de la Nación cuenta con un Centro de Conciliación al que todos y cada uno de los colombianos pueden aproximarse, con o bien sin apoderado, para solucionar conflictos sobre cuestiones civiles, mercantiles o familiares que, de acuerdo a la Ley 640 del año 2001, sean susceptibles de conciliación, acuerdo y renuncia. Usted puede aproximarse a la delegación principal Carrera 5 # 15-80, piso 17, o pedir más datos en las extensiones telefónicas 11713 y 11710.

  • Soy pensionista y he pedido la reliquidación de mi prestación y no me la han aprobado. ¿Podría la Procuraduría mediar?
    Sí. Debe hacer llegar un documento a la Procuraduría pidiendo una mediación.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Defensoría del Pueblo es una entidad del Estado encargada de proteger los derechos humanos y promover la defensa de los derechos de las personas.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Contraloría General de la República es una entidad del Estado encargada de velar por el buen uso de los recursos públicos.

Aquí le damos la opción de ver las instalaciones de la Procuraduría más cercanas a Villa de San Diego de Ubate

Justo bajo estas líneas va a localizar una lista con las delegaciones de Procuraduría más próximas a la población de Villa de San Diego de Ubate, ordenadas por distancia, de la más cercana a la más distante. Sólo debe cliquear sobre una de ellas para revisar todos los datos de contacto que necesita para llevar a buen término las gestiones más habituales: números de teléfono, fax, direcciones postales, direcciones de correo eletrónico, nombres de los funcionarios responsables, etc. Y cómo no, adicionalmente le ofrecemos el horario de atención al ciudadano de estas Procuradurías, para que usted no pierda su valioso tiempo.