Si se da la situación de que usted sea residente en Villa de San Diego de Ubate o municipios cercanos y desea consultar un Certificado de Antecedentes de cualquier empleado público, puede dirigirse a cualesquiera de las oficinas de la Procuraduría General de Colombia que va a poder ver algo más abajo. Compruebe el listado completo y clique en la que más le convenga.
Preguntas frecuentes relativas a la Procuraduría General de la Nación
Quiero gestionar un proceso de interdicción. ¿Qué podría hacer y cuáles son los requisitos?
La Procuraduría le colabora con el procedimiento de oposición y requiere estos documentos:
A presentar por el contribuyente:
- Registro civil de nacimiento (autenticado y dos copias)
- Certificado médico reciente (original y dos copias)
- Fotocopia de la tarjeta de ciudadanía (tres copias)
Del administrador o bien curador:
- Certificado civil de nacimiento (autentificado) que indique el vínculo consanguíneo o bien civil y 2 copias
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía (tres fotocopias)
En un documento elevado a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, indique:
- Dirección del presunto administrado
- Dirección del incapacitado, indicando con quién vive y quién lo tiene al cargo de forma directa
- Nombres, direcciones físicas y teléfonos donde es posible citar a parientes cercanos del inválido: (padres, hermanos, tíos, etcétera)
- Nombres, direcciones físicas y teléfonos de testigos
- Precisar si el incapaz es poseedor de recursos muebles e inmuebles
- Precisar si el incapaz goza o tiene la posibilidad de acceder una prestación de alguno de los progenitores
- Clarifique si el inválido tiene en trámite sucesión o algún otro género de gestión
Recomendaciones al usuario:
Una vez reúna los requisitos debe acercarse a la Carrera 5 # 15-ochenta, CAP, oficina de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia para tomar la declaración que es imperativa de este procedimiento.
Pasados unos 8 días de la obtención de la documentación, tiene que consultar al teléfono +57 1 336 00 11, ext. 11410, a que Procuradora le perteneció el nº radicado de la consulta.
Confirmar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le corresponde sobre los procesos a continuar. Carrera 10 # 16-82, piso 6.Tengo demandado al padre de mis hijos y fueron precisos un par de años en el juzgado pero siempre y en toda circunstancia se prolonga el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
Por supuesto. Usted dispone de 2 opciones: contactar con la mediadora del Menor y Familia para lograr que la Procuraduría haga una vigilancia del juicio o pedir a la Personería su ayuda en este procedimiento legal.
¿A quién puedo preguntar si no interpreto de forma adecuada alguna multa que he recibido a través de SIRI?
Usted dispone de 2 posibilidades: ponerse en contacto telefónicamente con el conjunto de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861 o aproximarse en persona al segundo piso de su delegación en Bogotá para que le aclaren la cuestión directamente.
Nunca he trabajado con el Estado mas al preguntar mis antecedentes aparezco con penalizaciones. ¿Qué tengo que hacer?
Lo mejor que puede hacer en una situación tan irregular como esta pasa por trasladar un escrito a la Coordinación del Equipo SIRI explicando su inquietud, con lo que le solventarán todo en poco tiempo.
Aquí le ofrecemos las delegaciones de la Procuraduría más próximas a Villa de San Diego de Ubate
Si está tratando de encontrar algún número telefónico, e-mail, número de fax o quizá alguna dirección postal, aquí mismo le mostramos una lista que contiene las Procuradurías en las cercanías de la ciudad de Villa de San Diego de Ubate. Se trata de un listado organizado por lejanía respecto a esta municipalidad. Para revisar la ficha completa con todos los datos de contacto, solamente va a tener que hacer clic sobre el título de la que quiera. Adicionalmente a los datos previamente comentados, va a poder ver los horarios de atención a ciudadano de cada centro respectivamente, junto a los nombres de los empleados públicos que le pueden escuchar.