Procuradurías en Vélez

Los habitantes de Vélez y zonas cercanas que necesiten realizar gestiones con la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como por ejemplo consultar un Certificado de Antecedentes o generar uno nuevo, pueden hacerlo utilizando la información que encontrarán en esta página.

Preguntas más habituales relativas a la Procuraduría General de la Nación

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Defensoría del Pueblo es una entidad del Estado encargada de proteger los derechos humanos y promover la defensa de los derechos de las personas.

  • ¿Dónde puedo ver si estoy aceptado en una oposición pública de la Procuraduría?
    Puede revisar este listado en el portal de internet de la Procuraduría General de la Nación.

  • He arrendado mi vivienda y hace mucho tiempo que no recibo mi alquiler, ¿me podría auxiliar la Procuraduría para desalojar a los inquilinos?
    Es correcto. La Procuraduría General de la Nación cuenta con un Centro de Conciliación al que todos y cada uno de los ciudadanos pueden acudir, con o bien sin apoderado, para solventar disputas sobre asuntos civiles, económicas o familiares que, conforme la Ley 640 del año 2001, sean susceptibles de conciliación, acuerdo y desistimiento. Usted tiene la posibilidad de acercarse a la oficina territorial Carrera 5 # 15-80, piso 17, o pedir más información en las extensiones telefónicas 11713 y 11710.

  • He tenido un percance contra un carro del estado y me comentan que estoy obligado a personarme a la Procuraduría más cercana para una conformidad, ¿podrían corroborarme que esto es correcto?
    Así es, la Delegada en lo Civil dispone de una oficina de conciliaciones.

  • En la eventualidad de que la firma con la que he laborado no me remunere mis compensaciones sociales, ¿podría ayudarme la Procuraduría?
    No. Por ser su contratante una compañía privada, la Procuraduría no dispone de la capacidad para actuar. En esta situación debe acercarse al Ministerio de Protección Social.

  • La empresa Codensa me culpa de haber realizado engaño con el medidor, he llegado hasta la Superintendencia justificándoles que no es así, mas la Superintendencia de Servicios Públicos me corrobora la sanción. ¿Me puede ayudar la Procuraduría?
    En efecto. En en una situación como la suya tiene derecho a que la Encargada Preventiva de Función Pública interceda ante la Superintendencia para asegurarse de que la denuncia sea fundada y se reexamine su incidente.

  • He estado en inconvenientes monetarios y no he logrado pagar las más recientes cuotas de mi hipoteca, ¿podría ayudarme en algo la Procuraduría?
    En esta eventualidad la Procuraduría no puede intervenir, ya que no es su competencia funcional. Le recomendamos sin embargo que contacte con la Superintendencia Bancaria o converse la Defensoría del Usuario Financiero. También puede acudir a su banco y renegociar su préstamo en términos más propicios.

  • Jamás he trabajado con el Estado mas al consultar mis antecedentes aparezco con penalizaciones. ¿Qué tengo que hacer?
    Tiene que hacer llegar una solicitud a la Coordinación del Equipo SIRI comentando su situación y pidiendo explicación del mismo.

  • La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá me interrumpió el servicio hace un buen tiempo y no ha sido factible su reinstalación. ¿A quién debo dirigirme?
    La Procuraduría arbitra en servicios estatales una vez el usuario haya acudido a la entidad prestadora del servicio. Si esto ya lo hizo se procede a requerir una intervención de la Encargada Entes Territoriales.

  • Tengo denunciado al padre biológico de mis hijos y fueron precisos dos años en el juzgado pero siempre se alarga el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
    Por supuesto. Usted dispone de 2 posibilidades: llamar a la abogada del Menor y Familia para lograr que la Procuraduría inicie una vigilancia del proceso o requerir a la Personería su asistencia en este litigio.

  • ¿A quién podría consultar si no interpreto correctamente alguna multa que he recibido por medio de SIRI?
    Por favor contacte con el grupo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861, o personarse en el segundo piso de nuestra delegación en la ciudad de Bogotá y allí será contestada su duda.

  • ¿Podría asistirme de alguna forma la Procuraduría en la situación de estar en graves contratiempos de dinero, sin posibilidad de trabajar y con varios hijos menores de edad a mi a mi cargo?
    En su situación, tiene derecho a una ayuda a través del programa Bienestar Familiar que consiste en un desayuno y comida a diario. Consulte con su oficina de la Procuraduría más cercana.

  • Quiero realizar un procedimiento de oposición. ¿Qué debo hacer y cuáles son los requisitos?
    Cualquier ciudadano va a contar con colaboración de la Procuraduría en el momento de llevar a cabo un procedimiento de oposición, si bien le van a solicitar esta documentación:

    Del incapacitado:

    • Registro civil de nacimiento (autenticado y dos copias)
    • Certificación sanitaria reciente (original y dos copias)
    • Copia de la cédula de ciudadanía (tres fotocopias)

    Por parte del guardador o bien curador:

    • Certificado civil de nacimiento (autenticado) que demuestre el parentesco consanguíneo o civil y dos fotocopias
    • Copia de la tarjeta de ciudadanía (tres copias)

    En un documento elevado a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, acompañe lo siguiente:

    • Dirección del supuesto guardado
    • Dirección del inválido, especificando con quién convive y quién lo atiende de forma directa
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos donde es posible citar a familiares cercanos del incapaz: (padres, hermanos, tíos, etc.)
    • Nombres, direcciones físicas y números de teléfono de testigos
    • Especificar si el incapacitado es poseedor de bienes muebles y también inmuebles
    • Determinar si el incapaz disfruta o tiene la posibilidad de acceder una prestación de alguno de los progenitores
    • Informe si el incapacitado tiene en trámite sucesión o algún otro género de trámite

    Consejos para el usuario:
    Una vez haya reunido la documentación obligatoria previamente mencionada, tiene que ir personalmente a la Carrera 5 # quince-ochenta, CAP, oficina de la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia. Allí va a tener que efectuar una declaración con su firma que es obligatoria para afrontar este proceso. Cuando hayan pasado un total de ocho días naturales tras la consecución de la documentación, tiene que ponerse en contacto con el teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410 para preguntar a qué Procuradora le correspondió el código establecido de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le corresponde sobre los procesos a proseguir. Carrera 10 # 16-82, piso seis.

  • He sido agredida por un agente de la ley y medicina legal me ha dado incapacidad de quince días, ¿qué puede resolver la Procuraduría en un caso así?
    La Procuraduría General recoge la protesta, esto llega a una Distrital y esta a su vez la envía a la delegación de Temas Disciplinarios de la Policía, lo que significa que es más veloz hacer el trámite de forma directa en la Policía Nacional. Además debe aportar la denuncia por lesiones personales en la Fiscalía, para que por este medio obtenga el pago de la incapacitación producida.

  • ¿Qué acciones puedo tomar como ciudadano, si tengo constancia de alguna ilegalidad de parte de un trabajador público en el desempeño de sus funciones?
    La Procuraduría General de la Nación le recoge la denuncia verbalmente, por por teléfono o a través de internet.

  • Como militar profesional que he sido y teniendo problemas sanitarios, tengo conocimiento de que tengo derecho a una junta sanitaria, pero de momento no me la han efectuado ¿qué puedo hacer?
    Pedir a Sanidad Ejercito mediante un derecho de petición que se le practique la junta sanitaria y se le determine la pérdida de capacidad, en virtud a este porcentaje se le otorga la subvención o la compensación.

  • Trabajé como uniformado de las Fuerzas militares y me otorgaron la baja aduciendo que era por la facultativa. ¿Tengo derecho a presentar una queja y la Procuraduría me colabora con mi compensación?
    Esta resolución se refiere a que a los militares se les puede conceder la baja en cualquier situación, tras el análisis de un comité formado por el Comandante del Batallón y otras personalidades, lo que quiere decir que la decisión que se toma es concertada. Mas si la persona hace llegar un documento dirigido a la Encargada Fuerzas Militares se revisa y decide si fue acertada o viciada la resolución.

  • ¿Qué opciones tengo si me sucede que tengo un trámite en un Juzgado Laboral desde hace un año o más y aún no he obtenido solución?
    Tiene que enviar una solicitud a la Procuraduría Delegada para Temas Laborales solicitando una revisión específica al procedimiento e señalando la Fiscalía y número de proceso y en forma breve las anomalías que se están dando lugar.

  • ¿Qué podría hacer hacer si no he cobrado mi retribución como soldado profesional, más de 3 meses después de otorgarme la baja?
    La forma más sencilla de enmendar esta eventualidad es acercarse a un centro de Prestaciones del Ejército y expresar allí su problema. Casi siempre acostumbra a ser suficiente con esto. Si este no es el caso, le sugerimos que solicite la mediación de la Procuraduría por medio de una instancia.

  • Tengo un procedimiento en una Fiscalía hace más de dos años y no ha ocurrido nada, ¿qué tengo que hacer?
    En caso de que pasen más de 2 años a partir de la fecha de su inciación de actuación y no haya recibido respuesta, tiene la posibilidad de cumplimentar una diligencia especial para la Procuraduría Delegada para Asuntos Penales, donde pedirá revisión especial del proceso. No pase por alto añadir a este documento el núm. de proceso, relatando también las anomalías que ha visto al respecto.

Aquí mismo le ofrecemos las oficinas de la Procuraduría más cercanas a Vélez

En caso de estar buscando algún número de teléfono, dirección de email, número de fax o quizá alguna dirección postal, aquí mismo le mostramos un listado que reune las Procuradurías en las inmediaciones de la localidad de Vélez. Estamos hablando de un listado ordenado por distancia respecto a esta municipalidad. Para acceder a la ficha íntegra con todos los datos para contactar, solamente va a tener que hacer clic en título de la que quiera. Junto a la información antes mencionada, va a poder revisar los horarios de atención al público de cada centro respectivamente, así como los nombres de los trabajadores gubernamentales que le pueden escuchar.