Procuradurías en Ibagué

Los habitantes de Ibagué y zonas cercanas que quieran realizar trámites con la Procuraduría General de la Nación de Colombia, como pueden ser comprobar un Certificado de Antecedentes o generar uno nuevo, pueden hacerlo a partir de los datos que van a ver en esta sección.

Preguntas frecuentes relacionadas con la Procuraduría General de la Nación

  • Cobro una renta de manera regular y he solicitado una reliquidación de la misma, aunque me la han rechazado, ¿podría auxiliarme la Procuraduría en este asunto?
    En este caso es afirmativo. Para hacerlo, envíe una petición a la Procuraduría explicando su problema y solicitando su intervención.

  • ¿Cuál es la diferencia entre la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del Pueblo?
    La Procuraduría General de la Nación es una entidad del Estado encargada de velar por la aplicación de la ley y la defensa del orden jurídico, de los derechos humanos y del patrimonio público. La Defensoría del Pueblo es una entidad del Estado encargada de proteger los derechos humanos y promover la defensa de los derechos de las personas.

  • ¿En qué lugar se puede consultar la lista de aceptados a las oposiciones de la Procuraduría?
    Puede revisar este listado en el portal de internet de la Procuraduría General de la Nación.

  • He alquilado mi casa, no hice contrato y ya hace 6 meses que no me pagan, ¿puedo pedir la intervención de la Procuraduría para desalojar a los inquilinos?
    Es correcto. La Procuraduría General de la Nación cuenta con un Centro de Conciliación al que la totalidad de los contribuyentes pueden ir, con o bien sin representante, para aclarar enfrentamientos sobre temas civiles, mercantiles o familiares que, conforme la Ley 640 de 2001, sean susceptibles de conciliación, acuerdo y renuncia. Usted puede acercarse a la delegación territorial Carrera 5 # 15-80, planta diecisiete, o bien solicitar más información en las extensiones telefónicas 11713 y 11710.

  • Mi carro fue estrellado por un vehículo estatal, me confirmaron que debo presentarme en la Procuraduría para una conformidad. ¿Es esto verdad?
    Es cierto, la Delegada en lo Civil cuenta con una oficina de conciliaciones.

  • ¿Podría mediar la Procuraduría ante una empresa privada para el pago de mis indemnizaciones sociales?
    En este caso no. Al ser una empresa privada, la Procuraduría no tiene competencias, puesto que únicamente se encarga de asuntos públicos. Puede contactar con el Ministerio de Protección Social donde sí le atenderán.

  • ¿La Procuraduría podría asistirme en la situación de que Condensa me culpe sin razón de realizar algún tipo de engaño con el medidor?
    Es correcto. La Encargada Precautoria Función Pública media ante la Superintendencia solicitándole la gestión pronto de la petición. En caso contrario los empleados estatales se hacen acreedores de las sanciones disciplinarias estipuladas.

  • He pasado por contratiempos financieros y no he logrado abonar las más recientes cuotas de mi hipoteca, ¿puede colaborarme en algo la Procuraduría?
    En este caso la Procuraduría no puede asistirle, no es su competencia básica. Le sugerimos sin embargo que contacte con la Superintendencia Bancaria o hable la Defensoría del Usuario Financiero. También podría personarse a su entidad prestataria y volver a negociar su préstamo hipotecario en términos más propicios.

  • Nunca he trabajado con el Estado pero al consultar mis antecedentes aparezco con multas. ¿Qué tengo que hacer?
    Tiene que hacer llegar una solicitud a la Coordinación del Equipo SIRI detallando su situación y solicitando explicación del mismo.

  • La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de la ciudad de Bogotá me canceló el servicio hace semanas y no ha sido posible su reinstalación. ¿Qué debería hacer?
    La Procuraduría media en servicios gubernamentales una vez el contribuyente haya acudido al órgano prestador del servicio. Si esto ya lo hizo se procede a solicitar una intercesión de la Encargada Entes Territoriales.

  • Tengo demandado al padre de mis hijos y llevó dos años en el juzgado pero siempre y en todo momento se dilata el proceso. ¿La Procuraduría puede actuar?
    En efecto sí. Usted tiene 2 posibilidades: ponerse en contacto con la defensora del Menor y Familia para que la Procuraduría haga un rastreo del proceso o solicitar a la Personería su auxilio en este litigio.

  • No comprendo alguna de las sanciones que surgen al revisar el SIRI, ¿alguien me puede asistir?
    Por favor hable con el grupo de trabajo de SIRI en las extensiones 12860 y 12861, o bien personarse al segundo piso de nuestra oficina en la ciudad de Bogotá y allá será contestada su pregunta.

  • Soy una persona de limitados recursos financieros y tengo 4 niños a mi cargo, no tengo empleo y estamos mal de alimentación. ¿Cómo me puede asistir la Procuraduría General de la Nación?
    La Procuraduría a través del Bienestar Familiar le ayuda para que sus hijos puedan acceder al programa de un desayuno y comida a diario.

  • Necesito tramitar un proceso de oposición. ¿Qué tengo que hacer y cuáles son los requisitos?
    La Procuraduría le coopera con el procedimiento de oposición y requiere estos documentos:

    A presentar por el contribuyente:

    • Registro civil de nacimiento (cotejado y dos copias)
    • Certificación médica reciente (original y dos copias)
    • Copia de la cédula de ciudadanía (tres copias)

    Del guardador o curador:

    • Certificado civil de nacimiento (autenticado) que especifique el parentesco consanguíneo o bien civil y dos fotocopias
    • Fotocopia de la cédula de ciudadanía (3 copias)

    En un documento dirigido a la Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia, indique:

    • Dirección del presunto guardado
    • Dirección del inválido, especificando con quién vive y quién lo cuida directamente
    • Nombres, direcciones postales y números de teléfono donde se puede citar a familiares cercanos del incapaz: (progenitores, hermanos, tíos, etc.)
    • Nombres, direcciones físicas y teléfonos de testigos
    • Especificar si el incapaz es poseedor de recursos muebles e inmuebles
    • Determinar si el incapaz goza o tiene la capacidad de obtener una prestación de alguno de los padres
    • Clarifique si el afectado tiene en trámite sucesión o algún otro género de gestión

    Consejos para el ciudadano:
    En cuanto consiga los requisitos debe acudir a la Carrera cinco # 15-ochenta, CAP, oficina de la Procuraduría Encargada para la Defensa del Menor y la Familia para realizar la consulta que es imperativa de este procedimiento. Transcurridos unos ocho días desde la recepción de los documentos, tiene que consultar al teléfono +57 1 336 00 11, extensión 11410, a que Procuradora le perteneció el número radicado de la consulta. Consultar con la Procuradora Judicial en Familia los días que le toca sobre los procesos a continuar. Carrera 10 # 16-82, piso 6.

  • He sido maltratada por un agente de policía y medicina legal me ha dado incapacidad por quince días, ¿qué puede hacer la Procuraduría en este supuesto?
    Por lo general acostumbra a ser más eficiente efectuar este tipo de trámites por medio de la Procuraduría, que hace llegar la demanda directamente a la Distrital y de ella a la delegación de Asuntos Disciplinarios de la Policía. Junto a esto, le aconsejamos que aporte una queja por menoscabos físicos en la Fiscalía, de manera que puedan otorgarle una paga si se da una incapacidad.

  • ¿Qué acciones puedo llevar a cabo como persona física, si detecto alguna irregularidad por parte de un empleado público en el ejercicio de sus funciones?
    La Procuraduría General de la Nación le recoge la queja verbalmente, por vía telefónica o a través de internet.

  • Fui militar profesional, me dieron la baja hace más de tres meses, tengo problemas sanitarios, no se me efectuó junta médica, qué debería hacer?
    Solicitar a Sanidad Ejercito por medio de un derecho de petición que se le practique la junta sanitaria y se le diagnostique la reducción de capacidad, en virtud a este porcentaje se le otorga la prestación o bien la indemnización.

  • Trabajé como profesional de las Fuerzas armadas y me dieron la baja aduciendo que era por la facultativa. ¿Estoy en disposición de interponer una demanda y la Procuraduría me colabora con mi prestación?
    Este dictamen se refiere a que a los militares se les puede dar la baja en cualquier situación, tras la resolución de un comité formado por el Comandante del Batallón y otras personalidades, lo que quiere decir que la decisión que se toma es concertada. Mas si la persona aporta un documento dirigido a la Encargada Fuerzas Militares se revisa y decide si fue viable o bien viciada la decisión.

  • ¿Qué puedo hace si me encuentro en la situación de que tengo un procedimiento en un Juzgado Laboral desde hace 1 año o más y sigo sin haber obtenido respuesta?
    Si se da el caso de que transcurra más de un año desde la fecha de su inciación del procedimiento y no haya logrado respuesta, tiene la posibilidad de preparar una instancia especial hacia la Procuraduría Delegada de Asuntos Laborales, donde debe pedir revisión extraordinaria del proceso. Tenga en cuenta que debe indicar en este escrito el núm. de proceso y la Fiscalía, detallando también las anomalías que ha visto al respecto.

  • Fui militar profesional, me otorgaron la baja desde hace más de tres meses, hasta la fecha de hoy no me han dado mis pensiones, ¿qué tengo que hacer?
    Usted tiene que acercarse a la oficina de Subsidios de Ejercito y tramitar sus prestaciones, si transcurridos tres meses no le han ayudado, solicite a través de una solicitud mediación de la Procuraduría.

Bajo estas líneas le ofrecemos las instalaciones de la Procuraduría más cercanas a Ibagué

Justo bajo este párrafo va a ver una lista con las oficinas de Procuraduría más próximas a la población de Ibagué, ordenadas por distancia, de la más próxima a la más distante. Únicamente debe pinchar sobre un elemento de la lista para revisar todos los datos de contacto que necesita para llevar a buen término los trámites más comunes: números de teléfono, fax, direcciones postales, direcciones de e-mail, nombres de los funcionarios al cargo, etc. Y cómo no, adicionalmente le ofrecemos el horario de atención al ciudadano de estas Procuradurías, para que usted no pierda su valioso tiempo.